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La Torá enumera y define diversas formas de castigo para pecadores y transgresores, desde simples multas hasta azotes e incluso la pena capital. Sin embargo, en ningún punto sugiere el encarcelamiento como forma de castigo. Esto se debe a que el propósito de la existencia es establecer una morada para Dios en este mundo, lo cual se logra al usar las fortalezas y talentos que Dios nos ha otorgado individualmente para Su servicio. En todas las demás formas de castigo (excepto la pena capital, que, en los casos prescritos por la Torá, es la única forma de expiación que el transgresor puede tener), el individuo sufre una pena, es purificado de su pecado y regresa a la libertad, donde se espera que reanude una vida productiva, haciendo de este mundo una morada para Dios. Sin embargo, como prisionero, se le niega la libertad de cumplir la misión divina, es decir, se le niega la razón de su propia existencia. Permitir que una persona viva y, a su vez, quitarse la vida, es inhumano.

Por el rabino Tuvia Serber

Fuentes:

Aplicación Bnei Noaj

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